Registro Sanitario de Producto Alimenticio R.S.P.A.

Es la autorización sanitaria otorgada a un producto alimenticio procesado y envasado, previo cumplimiento de las condiciones establecidas en las normas higiénico-sanitarias vigentes. Su obtención es obligatoria antes de la comercialización de productos nacionales e importados.

Una vez Registrado el producto se le otorga un número, el cual debe estar impreso en el etiquetado del alimento.

Un producto que no cuente con (….), no puede garantizarse que sea apto para el consumo humano.
Se insta a la población a verificar el etiquetado de cualquier producto alimenticio, para cerciorarse de que cuente con el R.S.P.A.

Si un producto no está registrado, se debe evitar su adquisición y consumo.
Ante la detección de irregularidad de un producto comunicar a los teléfonos 021294073 y 0961585779, o a la siguiente dirección de correo: direccion@inan.gov.py.

Para consultas sobre trámites de registro, informamos que a partir de la promulgacion de la Ley N° 7361/2024 que modifica y amplía las disposiciones de la Ley N° 6788/2021, “Que establece la competencia, atribuciones y estructura orgánica de la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria”, los trámites con relación a registros alimentarios, anteriormente realizados en el INAN, ahora quedan a cargo de DINAVISA. Para consultas relacionadas al rubro comunicarse a la Dirección de General de Regulación de Alimentos y Afines de DINAVISA, al teléfono 021 453 666 o por correo electrónico a la dirección dgrapa@dinavisa.gov.py. Con relación a las Capacitaciones en BPM, el INAN realizará las capacitaciones que fueran solicitadas destinadas al personal de Establecimientos y manipuladores de alimentos relacionados a la provisión de Almuerzo Escolar.