El Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición INAN, en el marco de lo establecido en la Resolución MERCOSUR/GMC/RES Nº 46/03 «Reglamento Técnico MERCOSUR sobre el Rotulado Nutricional de Alimentos Envasados», en cuyas disposiciones generales, Punto 5.3, dice: «Cuando facultativamente se declare información nutricional en los rótulos de los alimentos exceptuados en el presente reglamento o para los alimentos no contemplados en el RTM, de porciones de alimentos envasados, el rotulado nutricional deberá cumplir con los requisitos del presente reglamento».
Dic 29