Comunicado Nº10/2022. Reglamento Técnico MERCOSUR Rotulado nutricional alimentos envasados

El Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición INAN, en el marco de lo establecido en la Resolución MERCOSUR/GMC/RES Nº 46/03 «Reglamento Técnico MERCOSUR sobre el Rotulado Nutricional de Alimentos Envasados», en cuyas disposiciones generales, Punto 5.3, dice: «Cuando facultativamente se declare información nutricional en los rótulos de los alimentos exceptuados en el presente reglamento o para los alimentos no contemplados en el RTM, de porciones de alimentos envasados, el rotulado nutricional deberá cumplir con los requisitos del presente reglamento».

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Para consultas sobre trámites de registro, informamos que a partir de la promulgacion de la Ley N° 7361/2024 que modifica y amplía las disposiciones de la Ley N° 6788/2021, “Que establece la competencia, atribuciones y estructura orgánica de la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria”, los trámites con relación a registros alimentarios, anteriormente realizados en el INAN, ahora quedan a cargo de DINAVISA. Para consultas relacionadas al rubro comunicarse a la Dirección de General de Regulación de Alimentos y Afines de DINAVISA, al teléfono 021 453 666 o por correo electrónico a la dirección dgrapa@dinavisa.gov.py. Con relación a las Capacitaciones en BPM, el INAN realizará las capacitaciones que fueran solicitadas destinadas al personal de Establecimientos y manipuladores de alimentos relacionados a la provisión de Almuerzo Escolar.