El INAN implementa la Guía Básica para Servicios de Alimentación

Por medio de la Resolución S.G. Nº 155/2025, se dispone la implementación obligatoria de la Guía Básica para Servicios de Alimentación aprobada por Resolución S.G. Nº 918, de fecha 29 de octubre de 2021 y se designa al Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición (INAN) como responsable de promover y supervisar su cumplimiento.

Descargar la Guía Básica para Servicios de Alimentación. 

Para consultas sobre trámites de registro, informamos que a partir de la promulgacion de la Ley N° 7361/2024 que modifica y amplía las disposiciones de la Ley N° 6788/2021, “Que establece la competencia, atribuciones y estructura orgánica de la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria”, los trámites con relación a registros alimentarios, anteriormente realizados en el INAN, ahora quedan a cargo de DINAVISA. Para consultas relacionadas al rubro comunicarse a la Dirección de General de Regulación de Alimentos y Afines de DINAVISA, al teléfono 021 453 666 o por correo electrónico a la dirección dgrapa@dinavisa.gov.py. Con relación a las Capacitaciones en BPM, el INAN realizará las capacitaciones que fueran solicitadas destinadas al personal de Establecimientos y manipuladores de alimentos relacionados a la provisión de Almuerzo Escolar.